Resolución del Comité de Disciplina sobre la renuncia del CR Santander

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El pasado viernes 9 de octubre se celebró el sorteo del calendario de la Liga de División de Honor, y entres sus 12 participantes figuraba el Club Rugby Santander. Sin embargo, este viernes, 16 de octubre, la Federación Española de Rugby (FER) recibió un escrito en el que el club cántabro renunciaba a su derecho de participación.

El argumento del CR Santander es que “condicionó su participación en la competición a que la evolución de las circunstancias sanitarias permitiera mantener los compromisos de patrocinio alcanzados” y su patrocinador principal “no está en disposición de mantener su propuesta por la imposibilidad de que la competición se celebre con las mínimas garantías de asistencia de público a los terrenos de juego, celebración de los encuentros y cumplimiento de los desplazamientos”.

Fotografía: Bathco Santander R.C.

De este modo, el Comité Nacional de Disciplina Deportiva de la FER se reunió este sábado, 17 de octubre, en el que acordó dar por renunciado al CR Santander de su derecho a participar en División de Honor la temporada 2020-2021 y, al no existir hueco en la competición inmediata inferior, la División de Honor B, descenderle a la siguiente categoría inmediata inferior.

Además, sanciona con una multa de 12.360 euros al CR Santander por su renuncia extemporánea en virtud del art.103.c) RPC y el club cántabro no podrá participar en las dos próximas temporadas en la competición de División de Honor.

Dicho esto, y como quiera que la Liga de División de Honor empieza el próximo fin de semana, se emplaza a Hernani CRE y Jaén Rugby para que acuerden el lugar, día y hora de disputa del encuentro para cubrir la plaza vacante de División de Honor, a disputarse dentro del fin de semana de 24 y 25 de octubre de 2020.

Los clubes deberán manifestar su acuerdo antes del lunes día 19 de octubre a las 20:00 horas. En caso de renunciar alguno de los dos participantes a la eliminatoria, participará el club inmediatamente siguiente atendiendo a la clasificación, es decir, el CP Les Abelles, y así sucesivamente.

Contra estos acuerdos podrá interponerse recurso ante el Comité Nacional de Apelación en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente a su recepción.

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